Objeción Fiscal en el gasto Militar.
Todos por estos lares saben, mal que bien, como pienso (cuando lo hago), y muchos de ustedes ya están en condiciones u obligación de hacer la declaración de la renta, esta vez llego más tarde a la queja que en otras ocasiones, pero bueno, nadie es perfecto, los uqe no hagan declaración ni les devuelvan dinero ni nada de nada, pueden insistir a sus progenitores, amigos, o lo que sea, a que lleven a cabo esta Objeción.
La información la saco de colectivos que piden esta Objeción Fiscal:
¿Qués es la Objeción fiscal a los gastos militares?
"(...) La objeción fiscal es un acto de desobediencia civil por negarnos a colaborar con el Estado en el gasto de preparación de las guerras y del mantenimiento del ejército. Una forma de desobediencia civil activa ya que en el momento de hacer la declaración de la renta desviamos la parte destinada a defensa a apoyar un proyecto alternativo que construye la Paz y reivindica los derechos sociales para todos y todas. Rechazamos el militarismo y el gasto militar, con la intención de conseguir la abolición de los ejércitos y su entorno(...)" (sacado de la página de CGT).
Digamos que la Objeción Fiscal, en principio, no está permitida, pero hay varias formas, una de ellas no incumple ninguna norma, y no tiene, en sí misma, ningún funcionamiento, pero les llenas de papeles y
fastidias un poco, la cuestión es que cada vez más gente realice esta actividad, y, en todo caso, las sanciones que te pueden poner son mínimas, básicamente, hacerte pagar lo que has objetado (y un poquito
más, por haber "falseado" la declaración, en los casos que haces esto, ya he dicho que depende de la objeción que lleves a cabo).
Algunas formas de llevar a cabo la Objeción:
a.- La que sólo conlleva molestarles un poco y no te pueden sancionar:
Se hace la declaración de forma normal y se adjunta una carta a la declaración, donde se pide que el 5.7% (gasto militar sobre el presupuesto de España -el año pasado era más- ) vaya a otra ONG, a algún proyecto alternativo, a la Seguridad Social, o a donde nos de la gana, indicando claramente que es como Objeción Fiscal (recuerden que
esto no es una forma de ahorrarnos un 5.7% de nuestra declaración de la renta, sino que es una forma de protestar por el gasto militar, y al menos hacer que lo paguen quienes quieren pagarlo, y que el resto del
dinero -los que no queremos pagarlo- se destine a mejores labores).
b.- Cuota porcentual:
Rellene la declaración hasta la "Cuota líquida" (que malos recuerdos del examen haciendo esto), a esa cantidad se le reduce ese 5.7 % (desde la CGT, que incluyen policías, investigación militar, gasto diplomático en la OTAN y demás gastos desde todos los ministerios, este porcentaje sube hasta el 14 más o menos), luego, en el apartado de "Retenciones y otros pagos a cuenta", tache uno de los subapartados que no utilice (casi nunca se
usan) y escriba "Por Objeción al Gasto Militar", en esa casilla ponga la cantidad descontada, y continúe haciendo la declaración.
c.- Cuota Fija:
Es más o menos como la anterior, salvo que no descontamos ese 5.7% (o 14), sino que se descuenta 84 euros (escogen de forma simbólica esta cantidad ya que representa a los 84 estados más empobrecidos por la deuda externa) y ya está.
d.- Para los que les da 0 o a devolver:
"Se trata también de adjuntar un texto e forma de carta exigiendo el reconocimiento del derecho a la Objeción fiscal, pero en este caso remitido por quienes no tienen obligación de declarar."
Finalización para B y C:
Como mencioné más arriba, no es defraudar a hacienda esa cantidad (ya sea la de cuota fija o la de cuota porcentual), así que con esa cantidad final (lo que no pagamos) podemos hacer dos cosas, la primera
es ingresar en la cuenta de cualquier ONG, proyecto de desarrollo, o similares (por ejemplo, a una Tienda de Comercio Justo, al "Centro de Información y Análisis para la Mujer Centroaméricana (CIAM) en Chiapas", a Cruz Roja, a la que ustedes quieran, da igual, la cuestión es que sea un proyecto social de beneficio para todos y no militar -vaya, no financien a un partido político, o a un grupo fascista que apoye la violencia, o a una banda armada, sería algo contradictorio-), el recibo, donde debemos hacer figurar lo de "Por Objeción Fiscal Militar" lo adjuntamos a la declaración de la Renta como justificante de la retención que hemos llevado a cabo ¡¡Esto es Importante!!
Otra forma, es agregar en alguna otra casilla de la declaración esa retención que hemos realizado (5.7 % u 84 ) como pago a una ONG, proyecto, o lo que sea, al final, nos saldrá a pagar lo mismo que sin objetar, no servirá de mucho (ya que los de Hacienda no te harán ni caso) pero al menos "retocas" la declaración.
En todo caso, sería bueno que al hacer esta objeción le mandes una carta, junto con la declaración, al Delegado de Hacienda, tienen modelos de esas cartas en esta (al final hay tres modelos) o esta otra página.
Información básicamente sacada de:
http://www.suatea.org/sociopolitica/Objecifiscal05.htm
http://www.uv.es/~alminyan/OFtextos.html
http://www.cgt.es
Un mensaje en otro foro de Miarroba puesto el año pasado.
Bueno, valor y al toro gente
La información la saco de colectivos que piden esta Objeción Fiscal:
¿Qués es la Objeción fiscal a los gastos militares?
"(...) La objeción fiscal es un acto de desobediencia civil por negarnos a colaborar con el Estado en el gasto de preparación de las guerras y del mantenimiento del ejército. Una forma de desobediencia civil activa ya que en el momento de hacer la declaración de la renta desviamos la parte destinada a defensa a apoyar un proyecto alternativo que construye la Paz y reivindica los derechos sociales para todos y todas. Rechazamos el militarismo y el gasto militar, con la intención de conseguir la abolición de los ejércitos y su entorno(...)" (sacado de la página de CGT).
Digamos que la Objeción Fiscal, en principio, no está permitida, pero hay varias formas, una de ellas no incumple ninguna norma, y no tiene, en sí misma, ningún funcionamiento, pero les llenas de papeles y
fastidias un poco, la cuestión es que cada vez más gente realice esta actividad, y, en todo caso, las sanciones que te pueden poner son mínimas, básicamente, hacerte pagar lo que has objetado (y un poquito
más, por haber "falseado" la declaración, en los casos que haces esto, ya he dicho que depende de la objeción que lleves a cabo).
Algunas formas de llevar a cabo la Objeción:
a.- La que sólo conlleva molestarles un poco y no te pueden sancionar:
Se hace la declaración de forma normal y se adjunta una carta a la declaración, donde se pide que el 5.7% (gasto militar sobre el presupuesto de España -el año pasado era más- ) vaya a otra ONG, a algún proyecto alternativo, a la Seguridad Social, o a donde nos de la gana, indicando claramente que es como Objeción Fiscal (recuerden que
esto no es una forma de ahorrarnos un 5.7% de nuestra declaración de la renta, sino que es una forma de protestar por el gasto militar, y al menos hacer que lo paguen quienes quieren pagarlo, y que el resto del
dinero -los que no queremos pagarlo- se destine a mejores labores).
b.- Cuota porcentual:
Rellene la declaración hasta la "Cuota líquida" (que malos recuerdos del examen haciendo esto), a esa cantidad se le reduce ese 5.7 % (desde la CGT, que incluyen policías, investigación militar, gasto diplomático en la OTAN y demás gastos desde todos los ministerios, este porcentaje sube hasta el 14 más o menos), luego, en el apartado de "Retenciones y otros pagos a cuenta", tache uno de los subapartados que no utilice (casi nunca se
usan) y escriba "Por Objeción al Gasto Militar", en esa casilla ponga la cantidad descontada, y continúe haciendo la declaración.
c.- Cuota Fija:
Es más o menos como la anterior, salvo que no descontamos ese 5.7% (o 14), sino que se descuenta 84 euros (escogen de forma simbólica esta cantidad ya que representa a los 84 estados más empobrecidos por la deuda externa) y ya está.
d.- Para los que les da 0 o a devolver:
"Se trata también de adjuntar un texto e forma de carta exigiendo el reconocimiento del derecho a la Objeción fiscal, pero en este caso remitido por quienes no tienen obligación de declarar."
Finalización para B y C:
Como mencioné más arriba, no es defraudar a hacienda esa cantidad (ya sea la de cuota fija o la de cuota porcentual), así que con esa cantidad final (lo que no pagamos) podemos hacer dos cosas, la primera
es ingresar en la cuenta de cualquier ONG, proyecto de desarrollo, o similares (por ejemplo, a una Tienda de Comercio Justo, al "Centro de Información y Análisis para la Mujer Centroaméricana (CIAM) en Chiapas", a Cruz Roja, a la que ustedes quieran, da igual, la cuestión es que sea un proyecto social de beneficio para todos y no militar -vaya, no financien a un partido político, o a un grupo fascista que apoye la violencia, o a una banda armada, sería algo contradictorio-), el recibo, donde debemos hacer figurar lo de "Por Objeción Fiscal Militar" lo adjuntamos a la declaración de la Renta como justificante de la retención que hemos llevado a cabo ¡¡Esto es Importante!!
Otra forma, es agregar en alguna otra casilla de la declaración esa retención que hemos realizado (5.7 % u 84 ) como pago a una ONG, proyecto, o lo que sea, al final, nos saldrá a pagar lo mismo que sin objetar, no servirá de mucho (ya que los de Hacienda no te harán ni caso) pero al menos "retocas" la declaración.
En todo caso, sería bueno que al hacer esta objeción le mandes una carta, junto con la declaración, al Delegado de Hacienda, tienen modelos de esas cartas en esta (al final hay tres modelos) o esta otra página.
Información básicamente sacada de:
http://www.suatea.org/sociopolitica/Objecifiscal05.htm
http://www.uv.es/~alminyan/OFtextos.html
http://www.cgt.es
Un mensaje en otro foro de Miarroba puesto el año pasado.
Bueno, valor y al toro gente
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